¿Me cubre el seguro de hogar en caso de robo en la calle?

14 noviembre 2012 at 9:33

Habitualmente vinculamos el seguro de hogar a todo lo que ocurra dentro de la vivienda, pero lo cierto es que con los seguros multiriesgo las coberturas se extienden fuera de casa. Uno de los casos más clásicos es el relacionados con los atracos.

Lo primero en este punto es fijar la diferencia entre hurto y robo a efectos del seguro de hogar y que básicamente estriba en el uso de algún tipo de violencia o intimidación vinculado al segundo caso pero inexistente en el primero, donde la pérdida estaría vinculada a un despiste del usuario.

En el caso de la cobertura por robo fuera del hogar esta cubre o garantiza el atraco o expoliación fuera del hogar de los bienes que formen parte del Contenido, siempre y cuando se produzca con actos de intimidación o violencia. Pero ¿Qué cubre la cobertura por robo? En teoría cualquier objeto que nos roben y que forme parte del contenido del hogar.

Sin embargo, a efectos prácticos, la indemnización se extenderá al pago de ropas, joyas, relojes y demás objetos de uso personal de los que sean portadores en el momento del siniestro, así como al dinero en efectivo. El límite por siniestro, es decir, la cantidad máxima a pagar por la aseguradora, quedará supeditada al cuadro resumen de garantías.

Así que la siguiente vez, después de reponerse del susto inicial y el mal trago psicológico y de presentar la perceptiva denuncia ante la Guardia Civil, nada mejor que revisar el seguro de hogar o, en su defecto, ponerse en contacto con la aseguradora para saber si tenemos contratada la cobertura de riesgos fuera del hogar.

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